LIMPIEZA DE DEPÓSITOS

sERVICIO DE LIMPIEZA

Los responsables del cumplimiento de lo dispuesto en este Real Decreto son los titulares de las instalaciones.

El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios de calidad del agua de consumo humano, establecía los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad, limpieza y desinfección, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas almacenadas.

La normativa obliga a la realización de este servicio de limpieza y desinfección de depósitos de agua, como mínimo una vez al año.

Protocolo de limpieza y desinfección

  • Eliminación de sedimentos e incrustaciones calcáreas mediante el uso de hidrolimpiadoras, bomba de achique y aspirador de líquidos.
  • Desinfección del depósito con desinfectante autorizado. En el caso de uso de hipoclorito sódico, se aplicará una disolución de 20-30 ppm, dejando actuar al menos durante 30 minutos.
  • Posterior aclarado con agua limpia a presión.
  • Llenado y puesta en marcha del depósito.
  • Se recomienda la recogida posterior de muestra de agua para el análisis Físico-Químico y Microbiológico, según indica el Real decreto 140/2003. Especialmente se estudiará la presencia de las Escherichia coli y Coliformes totales.

Realizamos tratamientos de limpieza y desinfección en depósitos de agua de la industria alimentaria, Ayuntamientos, comunidades de propietarios, urbanizaciones, fincas agrícolas, etc. Donde puede haber aguas estancadas y contaminadas, que pueden producir diversas enfermedades en el ser humano o contaminar alimentos.

Política de Privacidad

En el marco de la relación de prestación de servicios en el ámbito de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, por el que se deroga la directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (en adelante, LSSI-CE) y de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales SANIDAD AMBIENTAL LA MANCHUELA, S.L. garantiza la protección y confidencialidad de los datos personales, de cualquier tipo que nos proporcionen nuestros clientes, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos de Carácter Personal. Leer Más